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La justicia anula Madrid Central y las Zonas de Bajas Emisiones

Al no ser una sentencia firme, las ZBE siguen funcionando igual, y el Ayuntamiento está estudiando presentar un recurso

Llorenç Julià Ruiz
Colaborador, Time Out Madrid
Circulación tráfico Madrid
© Shuttestock
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Puestas en marcha en el año 2021, y ubicadas en el distrito Centro y plaza Elíptica, al igual que en resto del municipio de Madrid, las Zonas de Bajas Emisiones (y de Especial Protección en los dos primeros casos) han sido anuladas en la sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid, tras valorar cuestiones como el impacto económico.

Esta sentencia, que aún no es firme, podría esperar un recurso de casación del Ayuntamiento ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, con un plazo que finaliza el 23 de octubre, según afirma el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Actualmente, en las ZBE se restringe el acceso de los vehículos sin distintivo, al igual que aquellos que solo dispongan de la etiqueta tipo A, según la normativa establecida.

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En plena Semana Europea de la Movilidad, y a la espera de este posible recurso de casación ante el Supremo, las Zonas de Bajas Emisiones siguen vigentes, por lo estas calles siguen restringidas al tráfico, y las multas no se anularán, con el objetivo de seguir cumpliendo con los estándares de calidad de aire marcados por la Unión Europea. El día 1 de enero de 2024, se activó el proyecto Madrid ZBE para el exterior de la M-30, con un periodo de aviso sin multa a lo largo de los siguientes seis meses, con un total de más de 350.000 cartas informativas enviadas.

Cómo sería el futuro de las Zonas de Bajas Emisiones

Por el momento, hasta el 31 de diciembre de este año, podrán circular por las ZBE vehículos con clasificación ambiental A según su potencial contaminante, tales como domiciliados en Madrid, dados de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, vehículos A que no sean turismos y aquellos que cuenten con la consideración de históricos, según la normativa correspondiente. A partir del 1 de enero de 2025, se prohibirán estos vehículos en las ZBE, a excepción de vehículos adaptados para transporte o conducción de personas con movilidad reducida, aquellos considerados como históricos, de emergencias, con etiquetas B y C o taxis y VTC.

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