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Si tenéis un patinete eléctrico y os gusta moveros por la ciudad con el cabello al viento, debéis saber que, a pesar de que ya estaba prohibido, ahora os puede salir muy caro. Ser una persona temeraria y disfrutar yendo a toda velocidad sin casco ya estaba sancionado desde hace años, pero ahora, con la nueva Ordenanza de circulación de Barcelona, la Guardia Urbana sancionará con multas de hasta 500 euros a quienes no la cumplan. El Ayuntamiento ha puesto en marcha una campaña con 20 informadores repartidos por toda la ciudad que dan a conocer las novedades de la modificación de la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos, que entrará en vigor el 1 de febrero y que incluye diversas multas que podéis evitar si cumplís la normativa.
En cuanto a los conductores de patinetes eléctricos, la nueva Ordenanza reconoce los vehículos como unipersonales, lo que significa que solo podrá circular una persona sola y haciendo uso obligatorio del casco, además de tener luces delanteras y traseras. Cabe recordar que la normativa anterior ya prohibía el uso de este tipo de vehículos a menores de 16 años y solo podían circular por el carril bici y por calles con límite de velocidad de 30 km/h o inferior.
Ahora, la actualización de la normativa recuerda estas medidas y define la velocidad máxima de 25 km/h, un límite que se reduce a 10 km/h en los carriles bici en la acera. ¿Qué pasa si no se cumplen las nuevas normas? Pues el consistorio ha anunciado que la Guardia Urbana sancionará con multas de 100 euros a todos aquellos conductores que circulen sin casco, que vayan con más de una persona o que no lleven las luces delanteras y traseras. Las multas subirán hasta los 200 euros si el conductor es un menor de 16 años y hasta los 500 euros si se circula por calles de 50 km/h.
Otras multas de 200 y 500 euros
Los conductores de patinetes eléctricos no serán los únicos que se podrán llevar una multa de 500 euros, sino que los de bicicletas y motos también. La modificación de la Ordenanza busca preservar la acera para los peatones, por lo que prohíbe la circulación por las aceras tanto a bicicletas como a patinetes eléctricos. Sin embargo, esta medida no se aplicará a los menores de 12 años y las personas adultas que los acompañen, ni a los menores de 14 años en calles sin carril bici. Excepto en estas situaciones, los conductores de estos vehículos se enfrentarán a sanciones de 500 euros.
La preservación de las aceras también afecta a las motos, que no podrán estacionar en la zona de influencia de los accesos a pie a un centro escolar o a un centro hospitalario sin ninguna excepción. En caso de incumplir la medida a partir del 1 de febrero, también se sancionará a los conductores con multas de 500 euros. Las motos tampoco podrán aparcar en los espacios adyacentes a los aparcamientos de bicicletas, en los pasos de peatones, en los carriles bici ni cuando obstruyan la utilización de los contenedores. La nueva ordenanza también prohíbe atar las motos a los árboles, semáforos, bancos, contenedores, papeleras y marquesinas de transporte.
Por otro lado, la última novedad en cuanto a la infraestructura ciclista es la prohibición de realizar carga y descarga por parte de cualquier vehículo en un carril bici, una acción que, si se incumple, tendrá una sanción de 200 euros.